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Convocatoria de subvenciones para entidades ciudadanas en Sevilla

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Convocatoria de subvenciones para entidades ciudadanas en Sevilla

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Resumen

La beca en cuestión es una convocatoria pública de subvenciones, ofrecida por el Ayuntamiento de Sevilla a través del Distrito Sur Pablo-Santa Justa, para el año 2025. Esta convocatoria tiene como objetivo otorgar subvenciones en forma de "ayudas en especie" a entidades ciudadanas que no desarrollan actividad económica en el sector de actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento. El presupuesto total de la convocatoria es de 75.000,00 € y la fecha de registro es el 20 de marzo de 2025. El periodo de solicitud se extiende desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Sevilla hasta el 31 de octubre de 2025.

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Presupuesto

75.000,00 €

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Beneficiarios

Entidades ciudadanas sin ánimo de lucro ubicadas en el ámbito del Distrito San Pablo-Santa Justa y registradas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla.

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Fecha de registro 20/03/2025
Tipo de ayuda OTROS INSTRUMENTOS DE AYUDA
Código BDNS 821733
Finalidad Cultura
Tipo de convocatoria Concurrencia competitiva - canónica
Región de impacto ES618 - SEVILLA
Origen de la ayuda AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
Accede a la documentación completa Click aquí
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Plazo de solicitud

Desde el Desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Sevilla

Hasta el 31/10/2025

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Requisitos

Cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscrita en el registro correspondiente. Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y fiscales frente al Ayuntamiento de Sevilla, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social. Tener objetivos y finalidades coincidentes con los de la convocatoria. Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla. No haber incurrido en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del derecho de Asociación. Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Sevilla. Haber justificado cualquier subvención concedida anteriormente por el Ayuntamiento de Sevilla. Garantizar un funcionamiento democrático, la participación de sus asociados y el cumplimiento de su objetivo social. Aceptar y cumplir las obligaciones establecidas en la convocatoria.

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