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Ecosistema de los Certificados de Ahorro Energético
Beneficiario / Promotor: Cliente que realiza la mejora energética y asume el coste de esta.
Empresa Instaladora: Ejecuta la obra y puede colaborar en la recogida de documentación técnica.
Técnico Certificador: Emite el Certificado Energético previo y posterior.
Sujeto Delegado: Empresa acreditada que calcula el ahorro, tramita el CAE y lo vende.
Sujeto Obligado: Comercializadora que compra los CAEs para cumplir sus obligaciones de ahorro.
Coordinador Nacional (MITECO): Valida, registra los CAEs y publica las medidas estándar.

Proceso paso a paso

Etapa 1: Solicitud de financiación

Etapa 2: Ejecución de la reforma

Etapa 3: Tramitación del CAE por el sujeto delegado

Etapa 4: Validación y registro

Etapa 5: Venta y compensación económica

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Etapa 1: Solicitud de financiación

  • El cliente (PYME o particular) solicita un préstamo para una reforma energética.
  • El banco exige:
    Certificado de eficiencia energética previo a la reforma
    Certificado de eficiencia energética posterior a la reforma
    Esta documentación es la base para optar a los CAEs.
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Etapa 2: Ejecución de la reforma

Se realiza la obra (SATE, cambio de caldera, etc.).

El técnico emite los CEE antes y después.

Se recolecta toda la documentación necesaria: Facturas, fotos antes/después, permisos, etc.

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Etapa 3: Tramitación del CAE por el sujeto delegado

  1. Calcula el ahorro energético con base en los certificados energéticos y la actuación realizada.
     
  2. Verifica que el ahorro supere los 20.000 kWh/año, ya que por debajo de este umbral no se considera rentable tramitar el CAE.
     
  3. Sube la documentación al MITECO, incluyendo:
    CEE previos y posteriores (XML/CEX)
    • Fotografías
    • Facturas con detalle técnico
    • Declaración responsable sobre ayudas públicas
    • Certificados de fin de obra
    • Puesta en marcha de instalaciones térmicas (si aplica)
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Etapa 4: Validación y registro

MITECO revisa toda la documentación.

Si todo es correcto, registra el ahorro energético como CAE.

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Etapa 5: Venta y compensación económica

  • El sujeto delegado vende los CAEs a las comercializadoras (sujetos obligados).
     
  • Una vez vendido, se realiza el reparto económico:
    • El cliente que hizo la obra recibe parte del beneficio económico, aunque la fórmula exacta puede variar según el tipo de acuerdo.
    • El sujeto delegado cobra por la gestión, normalmente con un % del CAE gestionado.
       

En algunos casos el pago al cliente lo hace directamente el sujeto delegado, o bien a través del instalador.
 

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