Programa de ayuda a trabajadores autónomos en Galicia

Resumen
La beca en cuestión es convocada por el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (SNPSAP) y está dirigida a PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica. La convocatoria, realizada por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración de Galicia, tiene como objetivo fomentar el empleo y cuenta con un presupuesto total de 27.798.240,00 €. La beca se enmarca en el programa de ayuda a las personas trabajadoras autónomas y abarca diversos sectores económicos. El periodo de solicitud se extiende desde el 24 de enero hasta el 30 de septiembre de 2025.

Presupuesto
28.956.500,00 €

Beneficiarios
Personas o entidades beneficiarias y transmitentes del negocio.

Fecha de registro | 15/01/2025 |
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Tipo de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
Código BDNS | 809175 |
Finalidad | Fomento Del Empleo |
Tipo de convocatoria | Concesión directa - canónica |
Región de impacto | ES11 - GALICIA |
Origen de la ayuda | CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN |
Accede a la documentación completa | Click aquí |

Plazo de solicitud
Desde el 24/01/2025
Hasta el 30/09/2025

Requisitos
Estar al día en las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. No tener deudas pendientes de pago con ninguna otra entidad pública de la Comunidad Autónoma. Mantener el alta en el RETA, en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social, en la mutualidad correspondiente o en el Registro Mercantil. Mantener el negocio con un mínimo de antigüedad de 5 años. No haber sido beneficiario de la ayuda del bono remuda en convocatorias anteriores. No ser socio de sociedades cooperativas ni autónomo colaborador. Cumplir con los requisitos específicos establecidos en cada programa. Acreditar la puesta en marcha de la actividad mediante facturas u otros documentos. Comunicar cualquier modificación en las condiciones o compromisos asumidos. Mantener los libros contables y registros dili genciados de forma adecuada. Proceder al reintegro de los fondos en caso de incumplimiento de los requisitos. Conservar y presentar la documentación requerida en caso de control financiero posterior. Mantener el empleo de la persona contratada durante un período mínimo de tres años. Cumplir con las actuaciones de comprobación y control realizadas por los órganos competentes. Comunicar cualquier modificación en las condiciones o compromisos asumidos, así como la obtención de otras subvenciones o ayudas. Mantener el alta en el RETA, en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad durante un período mínimo de 24 meses. Cumplir con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Mantener el negocio inscrito en la Bolsa de remuda de la Red de Polos de Emprendimiento y Apoyo al Empleo de la Xunta de Galicia. Cumplir con los límites cuantitativos establecidos en el régimen de ayudas de minimis. Aportar la documentación requerida para la justificación de los gastos subvencionables. No realizar el pago de la subvención si la persona beneficiaria no está al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
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