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Convocatoria de beca para el municipio de Sant Antoni de Portmany

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Convocatoria de beca para el municipio de Sant Antoni de Portmany

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Resumen

El objetivo de esta convocatoria es otorgar subvenciones y entregas dinerarias sin contraprestación para llevar a cabo diversas actuaciones de carácter económico en el municipio de Sant Antoni de Portmany. El presupuesto total de la convocatoria es de 1.456.765,79 € y el periodo de solicitud se extiende desde el 8 de octubre de 2024 hasta el 8 de octubre de 2028.

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Presupuesto

1.456.766,00 €

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Beneficiarios

Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

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Fecha de registro 16/10/2024
Tipo de ayuda SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS 791064
Finalidad Otras Actuaciones De Carácter Económico
Tipo de convocatoria Concurrencia competitiva - canónica
Región de impacto ES531 - EIVISSA Y FORMENTERA
Origen de la ayuda CONSELL INSULAR DE IBIZA
Accede a la documentación completa Click aquí
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Plazo de solicitud

Desde el 09/10/2024

Hasta el 09/10/2028

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Requisitos

Realizar las obras e inversiones municipales incluidas en el convenio. Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos para la concesión de la subvención. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención. Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan llevar a cabo los órganos de control competentes. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos. Incluir la publicidad establecida en el convenio en todas las acciones publicitarias relacionadas con la inversión. Hacer mención de la subvención recibida en notas de prensa, entrevistas, presentaciones y acciones informativas y de comunicación sobre la obra ejecutada. Cooperar con la Comisión Bilateral Paritaria de Seguimiento. Cumplir con las obligaciones establecidas en la legislación vigente. Justificar la ejecución de la obra y/o inversión municipal en el plazo establecido. Publicar el convenio en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Portal de Transparencia del Consejo Insular de Eivissa.

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