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Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga a entidades sin ánimo de lucro para facilitar la compra de productos de primera necesidad a familias con dificultades económicas

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Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga a entidades sin ánimo de lucro para facilitar la compra de productos de primera necesidad a familias con dificultades económicas

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Resumen

La convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Málaga para el año 2026 está dirigida a entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica, con el objetivo de facilitar la compra de productos de primera necesidad a familias en situación de dificultades económicas. Esta ayuda, con un presupuesto total de 2.400.000 euros, se enmarca en el ámbito de los servicios sociales y la promoción social, y se concede mediante subvención dineraria sin contraprestación.

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Presupuesto

2.400.000,00 €

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Beneficiarios

Familias con dificultades económicas que necesitan facilitar la compra de productos de primera necesidad (alimentación, higiene, aseo personal y limpieza). Personas o familias en riesgo de exclusión social en la ciudad de Málaga. Familias atendidas a través de entidades sin ánimo de lucro que gestionan los “Economatos Sociales”. Las familias beneficiarias deben tener acceso a un recurso que garantice la alimentación sana y equilibrada.

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Fecha de registro 24/11/2025
Tipo de ayuda PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Código BDNS 870575
Finalidad Servicios Sociales Y Promoción Social
Tipo de convocatoria Concurrencia competitiva - canónica
Región de impacto ES617 - MÁLAGA
Origen de la ayuda AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
Accede a la documentación completa Click aquí
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Plazo de solicitud

Desde el 10 días naturales, a contar desde el siguiente día hábil a su publicación en el BOP

Hasta el Por confirmar

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Requisitos

Igualdad y proximidad territorial: Ofrecer a las familias el mismo recurso sea cual sea su ámbito territorial y en condiciones de igualdad, en función del principio de proximidad territorial. Periodo de ejecución: Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026. Subvención: Se subvencionará el 100% de la cuantía del proyecto, siempre que la Junta de Gobierno Local, previo informe motivado, justifique su necesidad, interés público y excepcionalidad. Pago anticipado del 90% de la subvención concedida con carácter previo a su justificación. El 10% restante se abonará en 2027, previa justificación de la realización del 100% del proyecto. Importe y financiación: Crédito presupuestario máximo de 2.400.000 €, con 2.160.000 € para 2026 y 240.000 € para 2027. Gastos indirectos: Los gastos no referidos al aprovisionamiento de productos de alimentación, higiene, aseo personal y limpieza serán satisfechos con cargo al 25% del importe que las familias abonan por los productos cada vez que realizan sus compras. Se incluyen gastos para primera adquisición o renovación de infraestructura necesaria para la ejecución del proyecto, con un límite del 15% del 25% abonado por las familias. Productos mínimos a distribuir: Obligación de distribuir al menos 90 productos para garantizar una alimentación sana y equilibrada a las familias beneficiarias. Medidas socio-comunitarias: Realización de medidas socio-comunitarias para fomentar la formación de las familias atendidas, orientadas a la mejora de la empleabilidad. Organización de acciones formativas destinadas a las familias, complementadas con asesoramiento y ayuda para la cumplimentación de documentos de manera individualizada. Registro de las acciones formativas y asesoramiento con varios conceptos. Condiciones de seguridad y salubridad: Las entidades beneficiarias deben mantener condiciones adecuadas de seguridad y salubridad (desinsectación, desinfección, desratización) en los espacios e instalaciones destinados a la ejecución del proyecto. No haber tenido incidencias relativas a estas condiciones en la convocatoria anterior para poder participar en la nueva convocatoria. Obligaciones administrativas: Justificación completa del proyecto para el pago del 10% restante de la subvención. Cumplimiento de las bases reguladoras y normativa aplicable (Ley General de Subvenciones, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga, etc.). Modelo de colaboración: El proyecto debe apostar por el modelo de “Economato Social”, con un precio de coste reducido como mínimo en un 75% respecto al precio de mercado.

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